Sáb. Nov 23rd, 2024

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Aprobado: Licencias gratuitas para los potosinos

APROBÓ EL PLENO DE LA LXIII LEGISLATURA REFORMAS A LA LEY DE HACIENDA Y LEY DE INGRESOS PARA OTORGAR LA GRATUIDAD Y VIGENCIA PERMANENTE DE LAS LICENCIAS DE CONDUCIR

SE BUSCA APOYAR A LA CIUDADANÍA ANTE LOS ALTOS COSTOS QUE REPRESENTABA EL PAGO DE ESTOS DERECHOS

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San Luis Potosí, S.L.P.- Las diputadas y los diputados de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado aprobó por mayoría de 26 votos a favor y 1 en contra, las modificaciones a la Ley de Hacienda del Estado y a la Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí, con las cuales se otorga la gratuidad y vigencia permanente de las licencias de conducir para automovilistas, choferes del servicio particular y conductores de motocicletas, como un beneficio exclusivo para quienes acrediten la residencia en el Estado de San Luis Potosí.

La reforma aprobada modifica el artículo 66 en sus fracciones, I letras a, b, y d, y IV; y se adiciona al artículo 66 un último párrafo a la fracción I, la fracción I BIS con sus letras de a, b y c, y la fracción V de y a la Ley de Hacienda para el Estado San Luis Potosí y deroga el artículo 12, de la Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí, para el Ejercicio Fiscal 2021, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”, como Decreto Legislativo número 1100, el dieciocho de diciembre de dos mil veinte.

Con esta modificación, se busca apoyar a la ciudadanía potosina, ya que los altos costos para el pago de estos derechos de la licencia de conducir, aunado a que la economía de los potosinos ha disminuido por los efectos de la pandemia ocasionada por COVID-19, implica que gran parte de la población potosina no pueda pagarlos, y que en muchos casos puede ser una limitante para acceder a determinados empleos, más grave aún es que la mencionada normatividad, establecía que las licencias tenían una  vigencia temporal, lo que implica su renovación constante, generando una repercusión adicional a los bolsillos de los potosinos.

Se indica que cuando se trate de reposición de licencias o permisos a que se refiere este artículo, se deberá pagar 12 veces el valor de la UMA vigente, y se exentará del pago de la reposición de la licencia permanente en los siguientes casos:

a) La persona que acredite el robo de la misma con la denuncia ratificada correspondiente ante la Fiscalía General del Estado, y
b) La pérdida ocasionada por desastres naturales, estos siempre y cuando hayan sido emitidos por la autoridad mediante la declaratoria de desastres naturales correspondiente.

Se establecen también los costos para las licencias requeridas por personas que no residen en el Estado, los cuales serán en UMAS, de la siguiente manera.

a. Automovilista:

Con vigencia de un año                                                                          6.35 UMAS. Por cada año subsecuente, hasta cuatro años                                   3.51 UMAS.

b. Chofer de servicio particular:

Vigencia un año                                                                                     6.85 UMAS por cada año subsecuente, hasta cuatro años                                    4.02 UMAS.

c. Conductor de motocicleta o motoneta:

Con vigencia de un año                                                                           5.34 UMAS. Por cada año subsecuente, hasta cuatro años                                    2.51 UMAS.

En la exposición de motivos, se indica que la propuesta no implica un impacto presupuestario negativo para el Estado, por el contrario, incentiva y apoya a las familias potosinas, y por ello, las instituciones involucradas en la creación de leyes y en la planeación del presupuesto, deben hacer el mejor esfuerzo en lograr un equilibrio en el gasto público.

 

 

 

 

 

 

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